La Protección de los Derechos Humanos en Contextos de Encierro.

 En los contextos de encierro existe evidencia de que se produce una transgresión de los derechos humanos, se transgrede el principio de trato humano de las personas que se encuentran cumpliendo con una pena privativa de libertad, no se debe olvidar que, aunque una persona se encuentra descontando una pena privativa de libertad por trasgredir una ley, sigue siendo una persona que posee derechos humanos y merece ser tratada con respecto. Se debe respetar la dignidad humana de las personas que se encuentran privadas de libertad, estas personas deben de recibir un trato humano en el cual se respeten sus derechos y garantías los cuales están reflejados en diversos instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Algunos de los instrumentos para la protección de los derechos humanos son: La Declaración Universal de Derechos Humanos, también textos más específicos como lo es las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión. Estos instrumentos son un conjunto de normas que ayudan a las personas que laboran en los centros penitenciarios a cumplir con sus funciones bajo un marco en el cual se respeten los derechos humanos de las personas que se encuentran cumpliendo con una pena privativa de libertad.

Las personas que se encuentran cumpliendo con una pena privativa de libertad conservan todos sus derechos excepto los que se han perdido como consecuencia de la privación de libertad. Todas las personas que se encuentran privadas de libertad deben ser tratadas de forma humana, se les debe respetar su dignidad humana, es importante mencionar que la tortura o cualquier forma que implique un trato degradante o inhumano esto no puede ser justificado jamás bajo ninguna circunstancia.

Ahora bien, para las personas que se encuentran en una prisión el poseer un espacio adecuado para dormir, poder ir a una cita médica, tener un lugar adecuado para satisfacer necesidades fisiológicas, poder degustar un segundo plato de comida para las personas que habitan los centros carcelarios es dificultoso. Sin embargo, las personas privadas de libertad tienen derecho a poder disfrutar de condiciones optimas de vida adecuadas mediante lugar adecuado para dormir, lugares adecuados para hacer sus necesidades fisiológicas, contar con la cantidad suficiente de alimento, agua. Las personas privadas de libertad tienen derecho a contar con asistencia medica todo esto se ratifica en el articulo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Parte de cumplir con la protección de los derechos humanos en contextos de encierro es velar porque en los centros penitenciarios se cuente con un sistema en el cual tengan acceso a un médico, existen muchas cárceles con una sobrepoblación carcelaria por esta razón es necesario que dependiendo de la cantidad de personas que se encuentran privadas de libertad así se asigne personal medico en ocasiones un solo medico no puede atender a todas las personas reclusas, es necesario no solo proteger y promover la salud física de las personas que se encuentran en prisión sino también es necesario que cuenten con servicios que promuevan la salud mental.

Uno de los objetivos fundamentales de la ejecución de la pena, es la reinserción social del interno y para ello, es imprescindible que se respeten los derechos humanos de estas personas que mantengan durante el encierro sus relaciones familiares. Por otro lado, la resocialización debe ser interpretada como una obligación impuesta al Estado de proporcionar a la persona privada de libertad, dentro del marco del encierro carcelario, las condiciones necesarias para un desarrollo personal adecuado que favorezca su integración a la vida social al recobrar la libertad.

A continuación, se mencionarán dos prisiones y sus características.

Centro De Atención Institucional Gerardo Rodríguez Echeverría.

Esta prisión también es conocida como: CAI Gerardo Rodríguez Echeverría


Ilustración 1 Sala IV da seis meses a Ministerio de Justicia para eliminar hacinamiento en CAI Gerardo Rodríguez Echeverría (Ugarte, 2021)

Ubicación: El Centro de Atención Institucional Gerardo Rodríguez Echeverría es una prisión que está ubicada Costa Rica, en San Rafael de Alajuela un kilometro al oeste del CAI la Reforma.

Cantidad de prisioneros: Actualmente cuenta con una cantidad de 1117 personas recluidas.

Condiciones de vida: Al no contar con espacio suficiente a muchas personas privadas de libertad les toca dormir en el suelo, existe una falta de camas, mala alimentación, la calidad de vida de las personas que se encuentran en el CAI Gerardo Rodríguez Echeverría se ve perjudicada debido a la sobrepoblación y hacinamiento.

Salubridad: En el caso de la salubridad se ha visto afectada con el COVID-19 al estar en hacinamiento es difícil mantener el distanciamiento social “desde hace más de 7 meses no les entregan mascarillas y nunca les han dado alcohol en gel”. (Ugarte, 2021, p.1)

Se puede observar más información sobre esta situación en el siguiente link: https://semanariouniversidad.com/pais/sala-iv-da-seis-meses-a-ministerio-de-justicia-para-eliminar-hacinamiento-en-cai-gerardo-rodriguez-echeverria/

Naturaleza o finalidad del centro: Tiene por finalidad atender a población privada de libertad denominada de mínima seguridad debido a que deben descontar condenas cortas, se da un movimiento de forma constante en la población que se encuentra recluida por diversas razones ya sea por traslado o por descuento de la sanción.

Problemáticas asociadas, infraestructura y arquitectura de la prisión: Una problemática asociada a esta prisión es que tiene una capacidad para 794 personas y actualmente cuenta con una población de 1117 personas lo que lleva que tenga una sobrepoblación de 40.7% esta cárcel de Costa Rica es la que tiene una mayor sobrepoblación penitenciaria. No cuenta con la infraestructura adecuada para tener a toda la cantidad de personas que actualmente se encuentran recluidas.

 Centro de Atención Institucional Antonio Bastida de Paz

Esta prisión también es conocida como: CAI Antonio Bastida de Paz

Ubicación: El centro de Atención Institucional Antonio Bastida de Paz es una prisión que está ubicada en Palmares, Pérez Zeledón, Costa Rica.

Cantidad de prisioneros: Actualmente cuenta con una cantidad de 933 personas privadas de libertad.

Condiciones de vida: Camarotes muy juntos el uno del otro, no cuentan con una adecuada ventilación.

Salubridad: Les toca dormir en el suelo cerca de los servicios sanitarios, con una colchoneta desgastada y vieja.

Naturaleza o finalidad del centro: Es un centro de atención institucional.

Problemáticas asociadas, infraestructura y arquitectura de la prisión: Una problemática asociada a esta prisión es que tiene una capacidad para 703 personas y actualmente cuenta con una población de 933 personas privadas de libertad lo que lleva que tenga una sobrepoblación de 32.2% esta prisión es la segunda con mayor sobre población actualmente en Costa Rica por ende no cuenta con la infraestructura adecuada para que las personas que se encuentran recluidas tengan una buena calidad de vida.

Referencias bibliográficas

Ministerio de Justicia y Paz. (2022). Hacinamiento penitenciario. Recuperado de: http://www.mjp.go.cr/Home/DatosPeniten

Ugarte, O. (2021). Sala IV da seis meses a Ministerio de Justicia para eliminar hacinamiento en CAI Gerardo Rodríguez Echeverría. Semanario Universidad. [Ilustración 1].  Recuperado de: https://semanariouniversidad.com/pais/sala-iv-da-seis-meses-a-ministerio-de-justicia-para-eliminar-hacinamiento-en-cai-gerardo-rodriguez-echeverria/

Ugarte, O. (2021). Sala IV da seis meses a Ministerio de Justicia para eliminar hacinamiento en CAI Gerardo Rodríguez Echeverría. Semanario Universidad. Recuperado de: https://semanariouniversidad.com/pais/sala-iv-da-seis-meses-a-ministerio-de-justicia-para-eliminar-hacinamiento-en-cai-gerardo-rodriguez-echeverria/


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